LIMITACIÓN DE LA LIBERTAD PARA MANIFESTAR LA RELIGIÓN: LA INTERPRETACIÓN POR EL TERCER DE LOS "DERECHOS Y LIBERTADES DE LOS DEMÁS"
DOI:
https://doi.org/10.7764/RLDR.2.21Palabras clave:
Libertad de religión, Símbolos y vestimentas religiosas, Derechos o libertades de los demásResumen
Durante las últimas décadas, la limitación de la libertad de manifestar su religión ha sido un tema controversial. Algunos estados europeos han impuesto limitaciones al uso de algunos símbolos y vestimentas religiosas, y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (el “Tribunal”) ha emitido varias decisiones respecto a estos asuntos. Para que una restricción sea legítima, ésta debe constituir una medida necesaria, y una de esas posibles medidas necesarias es la protección de los derechos o las libertades de los demás. Con el objetivo de clarificar qué implica esta medida necesaria se estudiaron varias decisiones del Tribunal sobre este tema. Se concluyó que, en general, el Tribunal no suele analizar este concepto con mucha profundidad. Sin embargo, se destacaron importantes inferencias, en base a las cuales también se recalcaron algunos problemas en el análisis del Tribunal. Esos problemas implican una menor protección de la libertad de manifestar su religión mediante el uso de símbolos y vestimentas religiosas.
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