OBJECIÓN DE CONCIENCIA: TRIBUNAL DE MÁXIMO RANGO ANULA CON EFECTOS GENERALES Y ABSOLUTOS DECRETO QUE LA RESTRINGÍA
DOI:
https://doi.org/10.7764/RLDR.2.22Palavras-chave:
Objeción de conciencia, Interrupción voluntaria embarazo, AbortoResumo
Análisis de la Sentencia N° 586/15 del Tribunal de lo Contencioso Administrativo (de 11 de agosto de 2015), en acción de nulidad promovida por un grupo de médicos ginecólogos contra las normas del Decreto del Poder Ejecutivo N° 375/12 (reglamentario de la Ley N° 18.987 de “Interrupción Voluntaria del Embarazo”), lesivas del ejercicio del derecho a la objeción de conciencia y del libre ejercicio de la profesión médica
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Publicado
2019-12-10
Edição
Seção
Comentarios de Jurisprudencia